NOM-051-SCFI|SSA1-2010

Acuerdo por el cual se establece el criterio para la implementación y verificación de la Modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados- Información comercial y sanitaria, publicada el 5 de abril de 2010. Se adicionan los incisos 3.2; 3.5; 3.17; 3.18; 3.21; 3.40; 4.2.9 con sus subincisos y se ajusta la numeración subsecuente; 4.5 con sus subincisos y el Apéndice Normativo A. Se modifica el Capítulo 2 Referencias, así como el literal b) del inciso 3.11; 3.15; 4.2.8.1. Se ajusta numeración del capítulo 3 Definiciones, símbolos y abreviaturas, publicada el 14 de agosto de 2014

1 de enero de 2016 - Región: México - Sector: Salud Pública - Sector: Industria alimentaria - Sector: Regulación sanitaria - Aplicación: Etiquetado de productos - Objetivo: Protección al consumidor - Norma relacionada: NOM-086-SSA1-1994 - Sector: Alimentos y Bebidas - Tema: Etiquetado - Tipo de producto: Preenvasados - Regulación: Etiquetado frontal - Consumidor: Información nutricional - Vigencia: Desde el 1 de octubre de 2020 - Sector: Etiquetado y Normatividad - Aplicación: Consumidor final - Aplicación: Fabricantes y comercializadores - Regulación: Normatividad Oficial Mexicana - Tema: Etiquetado de productos - Sector: Bebidas No Alcohólicas

Información General

Resumen:
La NOM-051-SCFI|SSA1-2010 establece las especificaciones generales para el etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados en México, con el objetivo de proporcionar información clara y veraz al consumidor.

Código:
NOM-051-SCFI|SSA1-2010

Dependencia:
Secretaría de SaludSecretaría de Economía

Fecha de publicación:
01 de enero de 2016

Regula el etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados, asegurando información clara y veraz para los consumidores.

Sí, es de cumplimiento obligatorio para todos los productos preenvasados que se comercialicen en México.

Debe incluir datos como ingredientes, contenido energético, advertencias, y otros elementos esenciales para el consumidor.

Puede enfrentar sanciones legales y el retiro de productos del mercado.

En los últimos años se han implementado modificaciones para incluir sellos de advertencia sobre contenido excesivo de calorías, azúcares, sodio y grasas.

Aplica a fabricantes, importadores y comercializadores de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados.

Puedes consultar la norma en el Diario Oficial de la Federación en el enlace: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5421977&fecha=01/01/2016#gsc.tab=0

Promueve decisiones informadas, fomenta una alimentación saludable y protege la salud pública.

Sí, el etiquetado debe cumplir con especificaciones de diseño, tamaño y ubicación establecidas en la norma.

Productos que no sean preenvasados o que se vendan a granel no están sujetos a esta norma.